Aprueban Ley Contra la Delincuencia Organizada
San José, 29 de 0ctubre de 2008. La Comisión especial de Seguridad Ciudadana, dictaminó por unanimidad la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
Se define delincuencia organizada como toda asociación estructurada de tres o más personas, de carácter permanente o no, con la finalidad de cometer concertadamente uno o varios delitos graves, cuando el delito pueda ser sancionado con prisión de cuatro o más años.
Entre los delitos de delincuencia organizada se encuentran el homicidio y lesiones contra comunicadores, miembros de los supremos poderes y funcionarios judiciales, también el tráfico nacional e internacional de drogas y armas, el tráfico de personas, la explotación sexual, la legitimación de capitales, y la corrupción entre otros.
Según indicó el diputado Jorge Méndez, entre los aspectos más importantes que recoge esta iniciativa de ley están la definición de los delitos graves, se crea la plataforma única de información policial, se amplia el rango de delitos para las intervenciones telefónicas y se crea una comisión para el manejo de eventos críticos.
Una de las regulaciones más importantes es la referida a la obligación de justificar los patrimonios emergentes, que obligará a las personas a justificar el incremento de capital sin causa licita aparente. Si la persona no justifica su patrimonio o los incrementos emergentes, será condenada a la pérdida del patrimonio y a pager los impuestos, las multas y las costas de la investigación.
Por su parte el legislador Luis Carlos Araya, señaló que el proyecto sanciona con pena de prisión de 5 a 15 años a quién conociendo la existencia de la investigación de su patrimonio, lo distrajera traspasándolo, gravándolo, destruyéndolo o haciéndolo litigioso. Igualmente, impone penas de prisión de hasta 6 años a los funcionarios públicos, judiciales o de entidades financieras que por negligencia, imprudencia o falta de cuidado, faciliten la distracción de patrimonio.
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